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CNV simplifica la operativa de emisoras: elimina el Certificado MiPyME y normas obsoletas

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General 1099/2025, que moderniza el marco regulatorio del mercado de capitales al suprimir requisitos como el Certificado MiPyME para emisoras de bajo impacto y derogar capítulos ya innecesarios, facilitando la financiación de pymes y ofreciendo mayor claridad a inversores.

Contexto y objetivo de la nueva norma

El 26 de diciembre de 2025 la CNV publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 1099/2025, parte de la “séptima entrega” de medidas de desregulación impulsada por el Gobierno nacional. La medida busca depurar y unificar previsiones del marco regulatorio, garantizando mayor claridad, coherencia y previsibilidad tanto para emisoras como para inversores.

Principales cambios introducidos

  • Eliminación del Certificado MiPyME: Las emisoras que operen bajo el régimen de oferta pública con autorización automática de bajo impacto ya no deberán presentar el certificado que acredita su inscripción como MiPyME.
  • Derogación del Capítulo XVII de las Normas (N.T. 2013 y mod.) que regulaba a las “Entidades de Garantía”, simplificando la estructura de garantía de emisiones.
  • Modificación del artículo 70 de la Sección IX del Capítulo V del Título II: se actualiza la información que debe remitirse a la CNV dentro de los diez días hábiles posteriores al cierre del período de colocación.
  • Uniformación de la terminología con las definiciones del Título I de las Normas, eliminando ambigüedades.
  • Disposiciones transitorias para emisoras que emitieron antes del 19 de diciembre de 2025 bajo los regímenes de PyME CNV Garantizada y Valores Representativos de Deuda de Corto Plazo, manteniendo su normativa original.

Impacto para las pymes y el mercado

El “régimen de bajo impacto para pymes” había sido creado para facilitar el acceso al financiamiento mediante procesos simplificados y límites de emisión (hasta 7 millones de UVAs). Al eliminar el Certificado MiPyME y otras exigencias burocráticas, la CNV reduce costos operativos y acelera la puesta en marcha de nuevas colocaciones, sin perder la protección al inversor.

Procedimiento y vigencia

La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y queda disponible en el sitio web de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv). Las entidades emisoras deben adaptar sus procesos a las nuevas disposiciones y actualizar la documentación requerida.

Fuentes

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https://www.youtube.com/watch?v=blv8H6vuXw0