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ARCA amplía hasta marzo 2026 el plazo del plan de facilidades de pago fiscal

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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prorrogó, mediante la Resolución General 5808/2025, el cierre del régimen de facilidades de pago para deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social hasta el 31 de marzo de 2026, ofreciendo a contribuyentes y empresas más tiempo para regularizar sus pasivos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha publicado la Resolución General 5808/2025 en el Boletín Oficial del 31 de diciembre de 2025 (​https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/337004/20251231​). Con ella se modifica el artículo 9° de la Resolución General 5.711, sustituyendo la fecha límite original “hasta el 30 de diciembre 2025” por “hasta el 31 de marzo 2026”. El objetivo es promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social.

El régimen de facilidades de pago, creado inicialmente por la RG 5.711, permite regularizar deudas vencidas hasta el 31 de agosto 2025, inclusive, con sus intereses y multas. La nueva prórroga no modifica los términos del plan: la tasa de interés será fija, equivalente al 50 % de la tasa de interés resarcitorio vigente; no se reducen intereses ni sanciones; y los pagos se hacen en cuotas mensuales, iguales y consecutivas con un importe mínimo de $2.000 (pesos argentinos).

Según iProfesional (​https://www.iprofesional.com/impuestos/445093-arca-prorroga-plazo-para-adherir-al-plan-de-pagos-especial-cual-es-la-nueva-fecha-limite​), la cantidad de cuotas varía según el tipo de contribuyente:
– Personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, ONGs y sector salud: hasta 60 cuotas con un pago inicial del 10 %.
– Medianas empresas (tramos 1 y 2): hasta 48 cuotas con un anticipo del 15 %.
– Resto de contribuyentes: hasta 36 cuotas con un anticipo del 20 %.
El plan caduca 60 días después de que se verifique la falta de pago de dos cuotas, sean consecutivas o alternadas.

Quedan excluidos del programa, entre otros, los anticipos, pagos a cuenta, retenciones y percepciones previsionales (excepto aportes personales de empleados en relación de dependencia), algunos conceptos de IVA, contribuciones al Régimen Nacional de Obras Sociales, cuotas de ART, aportes al régimen del servicio doméstico y ciertas obligaciones penales vinculadas a la evasión fiscal.

La medida, suscrita por el Subdirector General Institucional Agustín Rojo, entra en vigor al día de su publicación. Se espera que la ampliación del plazo favorezca a contribuyentes que necesitaban tiempo adicional para reorganizar su liquidez y, al mismo tiempo, mejore la recaudación de ARCA mediante mecanismos de pago voluntario, evitando medidas coercitivas inmediatas.

Para más información, consulte la publicación completa en Economis (​https://economis.com.ar/arca-prorra-hasta-marzo-de-2026-el-regimen-de-facilidades-de-pago-para-deudas-fiscales/​).

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