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24/12/2025 11:07 • POLITICA • POLITICA
En la semana del 16 de diciembre de 2025 la Legislatura de Córdoba aprobó la Ley n.º 11087, conocida como la Ley de Equidad Jubilatoria. Dicha norma otorga al Poder Ejecutivo la facultad de incrementar los aportes personales de los trabajadores activos hasta ocho puntos porcentuales y modifica el régimen del aporte solidario (artículo 58). El gobernador Martín Llaryora reglamentó la medida el lunes 22 de diciembre, estableciendo una escala progresiva según ingresos.
Dos días después, una mujer jubilada y pensionada presentó una acción de amparo contra la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, alegando que el aumento de aportes vulneraría su haber y el principio de movilidad de los haberes. La demandante impugnó tanto el artículo 5, que permite el incremento de aportes, como el artículo 58, que altera el aporte solidario.
El 24 de diciembre de 2025 la Cámara Contencioso Administrativa de 3ª Nominación declaró la acción inadmisible. El tribunal argumentó que la normativa impugnada no establece un recálculo directo del haber de los pasivos y que no se evidencia una disminución concreta del beneficio. Además, señaló que la garantía de movilidad está protegida por índices sectoriales que no se ven afectados por el aumento de los aportes.
Los sindicatos que conforman el frente opositor a la reforma advierten que la vía judicial no será suficiente y anuncian la exploración de nuevas medidas. Algunos gremios denuncian que los nuevos porcentajes de aporte pueden superar el 30?% del salario bruto en cargos directivos, lo que consideran confiscatorio.
Ante el rechazo del amparo, los sindicatos evalúan la posibilidad de presentar acciones colectivas y reforzar la presión social. El conflicto previsional sigue siendo uno de los temas más delicados del gobierno de Llaryora, cuya agenda también incluye ajustes en la Caja de Jubilaciones y en la obra social provincial Apross.
Fuente: Puntal