Imago Noticias

Noticias con IA

Monotributo 2026: Nuevas categorías, topes y cuotas mensuales

07/01/2026 18:06 • ECONOMIA • ECONOMIA

La ARCA confirmó los valores que regirán el Monotributo a partir de enero de 2026. Se mantienen los topes de facturación anual y se detallan las cuotas mensuales por categoría, con más de $100.000 a pagar para los contribuyentes de las secciones F a K. Conoce los importes, fechas de recategorización y qué implica para tu negocio.

ARCA publica los valores oficiales del Monotributo 2026

El 15 de diciembre de 2025 la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó los parámetros del régimen simplificado que estarán vigentes desde enero de 2026. La información, difundida en iProfesional y en La Mañana, define los topes de facturación anual y las cuotas mensuales que deberán abonar los monotributistas según su categoría y tipo de actividad (servicios o comercio).

Topes de facturación anual por categoría

CategoríaTope de facturación anual (ARS)
A$8.992.597,87
B$13.175.201,52
C$18.473.166,15
D$22.934.610,05
E$26.977.793,60
F$33.809.379,57
G$40.431.835,35
H$61.344.853,64
I$68.664.410,05
J$78.632.948,76
K$94.805.682,90

Superar el tope correspondiente obliga a la recategorización o, en algunos casos, al paso al régimen general.

Cuotas mensuales del Monotributo 2026

Los importes incluyen impuesto integrado, aporte previsional y obra social. Se diferencian según la actividad (servicios o venta de bienes muebles):

Categ.Servicios (ARS)Comercio (ARS)
A$37.085,74$37.085,74
B$42.216,41$42.216,41
C$49.435,58$48.320,22
D$63.357,80$61.824,18
E$89.714,31$81.070,26
F$112.906,59$97.291,54
G$172.457,38$118.920,05
H$391.400,62$238.038,48
I$721.650,46$355.672,64
J$874.069,29$434.895,92
K$1.208.890,60$525.732,01

Las categorías F a K (tanto en servicios como en comercio) superan la cifra de $100.000 mensuales, según informó La Mañana.

Recategorización semestral: calendario y obligaciones

El régimen exige recategorización obligatoria dos veces al año. En 2026 la primera ventana será entre fines de enero y principios de febrero; la segunda se realizará en agosto, ambas con fecha límite el día 5 del mes correspondiente. El proceso considera facturación anual, consumo eléctrico, alquileres y otros indicadores.

Quienes no cumplan con la recategorización pueden ser recategorizados de oficio y enfrentar multas o ajustes retroactivos.

Qué deben hacer los monotributistas

  • Verificar que su facturación anual no supere el tope de su categoría.
  • Realizar el pago mensual en tiempo, mediante los medios electrónicos habilitados.
  • Presentar la recategorización dentro de los plazos señalados.
  • Conservar la condición de persona humana o microemprendimiento según la normativa.

Para más detalles, consulte la página oficial de ARCA y los informes de iProfesional (iProfesional) y La Mañana (LM Neuquén).

Noticias de Hoy