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21/01/2026 12:07 • ECONOMIA • ECONOMIA
Desde la sanción de la Ley?N.º?19.640, conocida como Régimen de Promoción, la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur goza de un marco fiscal y aduanero especial que favorece la instalación de industrias. En 2021 se emitió el Decreto?N.º?727, que estableció un aporte obligatorio del 15?% del beneficio generado por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las ventas de los proyectos aprobados, destinado al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP).
El mismo año se creó el Fondo mediante el Decreto?N.º?725 y, en 2025, el Decreto?N.º?650 asignó al Secretario de Coordinación de Producción la supervisión del régimen. Hasta la fecha, el aporte había sido una condición para mantener los beneficios del régimen especial.
Con la publicación de la Resolución?20/2026 en el Boletín Oficial (BO?337602/2026) el gobierno fijó en **0?%** el aporte previsto en el artículo?4 del Decreto?727/21 para todas las empresas industriales adheridas al régimen de la Ley?19.640 y a los Decretos?727/21 y?594/23. La decisión se tomó tras la solicitud de la Unión Industrial Fueguina (UIF) y de la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales de Electrónica (AFARTE), que denunciaron una “pérdida crítica de competitividad” causada por la recesiva cadena de desregulación tributaria.
• El 15?% del beneficio del IVA ya no será retenido para el FAMP.
• Las empresas continúan obligadas a cumplir los proyectos de inversión aprobados por el Comité Ejecutivo del Fondo. En caso de incumplimiento, deberán reintegrar los aportes no pagados más intereses.
• La reducción permanecerá vigente mientras persistan las condiciones económicas que motivaron su adopción.
Los analistas estiman que la medida aliviará el costo productivo de las fábricas de electrónica y otros sectores, preservando miles de puestos de trabajo en la región. Además, se espera que refuerce la atracción de nuevas inversiones bajo el régimen de promoción, consolidando a Tierra del Fuego como un polo industrial estratégico.
Resolución?20/2026 del Ministerio de Economía (Boletín Oficial BO 337602/20260121) y nota periodística de La?Prensa (La?Prensa 21/01/2026).