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30/01/2026 03:06 • POLITICA • POLITICA
El expediente EX?2017?19480451?APN?MD y el Decreto N°?2539/2015 establecieron la reubicación del personal civil permanente de la Armada Argentina a partir del 1?de junio de 2017. En ese marco, la Resolución del Ministerio de Defensa N°?614/17 reencasilló a René?Oscar?Rack en el Agrupamiento Técnico, Nivel?III, Grado?13 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial (Leyes?20.239 y?17.409).
El agente civil presentó un recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, alegando que el reencasillamiento no correspondía a sus funciones, experiencia y antigüedad (más de 36 años en la Administración Pública al 30?de junio?2015). El recurso se interpuso dentro del plazo establecido por el Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto?1759/72 – T.O.?2017).
El Decreto 62/2026 se sustenta en los artículos 132?141 del Convenio Colectivo, que regulan la asignación de Agrupamiento, Nivel y Grado en base a la categoría alcanzada y la experiencia laboral. Asimismo, se consideran las modificaciones introducidas por el Decreto N°?222/17, que cambió la fecha de referencia para la evaluación de la antigüedad a 31?de octubre?2016.
Según el artículo?138, apartado?2, inciso?a, Rack debía ser reencasillado en el Nivel?III por cumplir con los requisitos de título terciario y antigüedad, por lo que la autoridad consideró que la Resolución N°?614/17 se aplicó correctamente.
El Presidente, a través del Decreto 62/2026, rechazó el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración. Con ello, se declara agotada la vía administrativa y se otorgan 180 días hábiles para interponer acción judicial, contados a partir de la notificación del acto.
René?Oscar?Rack podrá acudir a la justicia dentro del plazo indicado si desea impugnar la decisión. Mientras tanto, la Oficina Nacional de Empleo Público y los servicios jurídicos de la Armada y del Ministerio de Defensa mantendrán la medida vigente.