09/03/2026 13:06 - Economia
La promulgación de la reforma laboral trajo consigo modificaciones tributarias significativas que impactan directamente en el sector inmobiliario. El artículo 192 de la nueva ley establece exenciones impositivas tanto para la compraventa de propiedades como para los alquileres destinados a vivienda.
Estas medidas forman parte de la estrategia oficial para eliminar tributos de baja eficiencia recaudatoria y dinamizar las operaciones en el mercado inmobiliario.
Hasta ahora, el esquema impositivo para la venta de propiedades dependía de la fecha de adquisición del bien. Para los inmuebles comprados a partir de 2018, regía el impuesto cedular del 15% sobre la ganancia obtenida en la venta.
| Situación | Impacto |
|---|---|
| Personas humanas que venden ocasionalmente | EXENTOS del impuesto cedular 15% |
| Desarrolladores y brokers | Continúan tributando bajo régimen general (5%-35%) |
| Personas jurídicas (sociedades) | Continúan tributando bajo régimen general |
La exención aplica únicamente a quienes realizan operaciones de compraventa de manera esporádica, no a quienes se dedican regularmente a la actividad inmobiliaria.
El cambio más relevante para los propietarios de inmuebles es la exención total de Ganancias por alquileres de vivienda, con las siguientes características:
La exención tiene efecto desde el 1° de enero de 2026 para personas humanas.
También alcanzadas para ejercicios fiscales que inicien a partir de 2026.
A diferencia de regímenes anteriores, no hay tope en la cantidad de inmuebles.
La exención aplica únicamente para inmuebles destinados a casa-habitación.
Especialistas del sector inmobiliario estiman que este alivio fiscal, combinado con el impulso de los créditos hipotecarios, podría dinamizar significativamente las operaciones.
Los principales beneficios esperados son:
Si vendés tu casa o un departamento que tenías como inversión esporádica, ya no pagarás el 15% de Ganancias sobre la diferencia de precio. Del mismo modo, los ingresos por alquileres de vivienda quedan totalmente exentos, sin importar cuántas propiedades poseas.
Fuente: Urgente24, basado en información del artículo 192 de la Reforma Laboral promulgada en marzo de 2026.
Alfredo S. Quiroga
Conspiraciones