30/03/2026 19:08 - Actualidad
Por primera vez en la historia, el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) quedó procesado en una causa penal. El juez penal económico Diego Amarante dictó el procesamiento de Claudio "Chiqui" Tapia y del tesorero Pablo Toviggino por la retención y omisión de depósito de impuestos y contribuciones por más de $19.000 millones entre 2024 y 2025.
La resolución de 140 carillas establece que ambos dirigentes "contaban con facultades decisorias y de administración que les permitían incidir de manera directa en el cumplimiento de las obligaciones fiscales". El magistrado consideró que la conducta de los imputados "implicó la omisión deliberada de ingresar en término los tributos retenidos, generando con ello una mayor disponibilidad de fondos para la entidad".
El procesamiento también alcanzó a:
El delito imputado: apropiación indebida de tributos y recursos de la seguridad social, agravado por la intervención de más de dos personas en una estructura organizativa.
El juez Amarante fue contundente al definir la responsabilidad del presidente de AFA: "Detenta la representación legal de la entidad y tiene una posición central en la estructura de toma de decisiones, lo que magnifica su responsabilidad".
Según la resolución, Tapia "conocía no sólo la mecánica de pagos sino también la existencia de incumplimientos reiterados en el ingreso de los tributos retenidos" y tenía "capacidad de decidir acerca del destino de los fondos y, en particular, sobre la priorización o postergación del cumplimiento de las obligaciones fiscales".
El magistrado destacó que el rol central del presidente "no sólo le otorgaba facultades decisorias, sino que además lo colocaba en una posición de garante respecto del correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales y previsionales".
Sobre el tesorero, el juez señaló que su firma apareció en la totalidad de los cheques de la AFA y que se encontraba "autorizado para operar y firmar operaciones de transferencia".
"Tenía a su cargo la intervención directa en la administración de los fondos de la entidad, lo que lo colocaba en una posición determinante respecto del cumplimiento de las obligaciones tributarias", agregó la resolución judicial.
El magistrado subrayó que la falta de pago en tiempo y forma de estos importes retenidos les generó "una mayor disponibilidad de fondos", lo que podría indicar un beneficio económico buscado con la maniobra.
El delito de apropiación indebida de tributos se concreta cuando el responsable no ingresa en tiempo y forma los montos retenidos. El plazo legal es de 30 días corridos desde que se produjo la retención. Si se supera ese plazo sin depositar los fondos, se configura el delito, independientemente de que la deuda se regularice posteriormente.
El abogado Gregorio Dalbón, defensor de la AFA, anunció que apelará el procesamiento y cuestionó la decisión judicial: "La deuda estaba cancelada y el propio juez lo admite".
Dalbón enumeró seis argumentos para revertir el fallo y sostuvo que "el procesamiento de la AFA es una pieza jurídica condenada a caer". La defensa planteó la inexistencia de delito, argumento que fue rechazado y está en apelación ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico.
La decisión judicial podrá ser apelada ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico. De quedar confirmada, podría iniciar el camino para el envío a juicio oral.
Contexto: El procesamiento se produce a solo tres meses del inicio del Mundial 2026, con Tapia con prohibición de salir del país. Todos los acusados presentaron escritos y se negaron a responder preguntas durante las indagatorias.
Alfredo S. Quiroga
Conspiraciones