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ARCA amplía la suspensión de ejecuciones fiscales para ONG y salud hasta julio 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió, mediante la Resolución General 5806/2025 publicada el 30 de diciembre, la suspensión de juicios de ejecución fiscal y medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud, hasta el 31 de julio de 2026. La medida, dictada a partir de la Resolución 2.109/2025 del Ministerio de Economía, busca aliviar la presión financiera de estos sectores críticos.

Contexto y alcance de la Resolución 5806/2025

El 30 de diciembre de 2025 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5806/2025 de la ARCA, que prolonga la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para dos grupos específicos:

  • Entidades sin fines de lucro (ONG) que estén registradas ante la ARCA antes del 23 de diciembre de 2025.
  • Contribuyentes del sector salud, tanto públicos como privados.

Esta prórroga se extiende hasta el 31 de julio de 2026, inclusive.

Marco normativo y antecedentes

La medida se inserta en una serie de prórrogas iniciadas en 2024:

  • Resolución General 5.628 (dic‑2024) estableció la primera suspensión hasta el 31 julio 2025.
  • Resolución General 5.736 (dic‑2025) la extendió hasta el 31 diciembre 2025.
  • El Ministerio de Economía, mediante la Resolución 2.109/2025, ordenó una nueva extensión hasta julio 2026, que la ARCA materializa en la 5806/2025.

El fundamento legal incluye el artículo 7° del Decreto 618/1997, el Decreto 953/2024 (creación de la ARCA) y el artículo 8° del Decreto 13/2025.

Qué implica (y qué NO implica) la suspensión

  • No hay condonación de deudas: los intereses, multas y tributos pendientes continúan acumulándose.
  • La ARCA no podrá iniciar nuevas acciones judiciales ni aplicar embargos o inhibiciones, salvo en casos excepcionales de grave afectación del interés fiscal, caducidad de instancia o prescripción inminente.
  • Las acciones administrativas que no requieran vía judicial siguen vigentes.

Impacto para ONG y el sector salud

Al eliminar el riesgo de embargo y litigio, estas organizaciones pueden destinar recursos a sus actividades esenciales, como asistencia médica, programas sociales y proyectos de desarrollo. La medida también aporta certeza jurídica a los contribuyentes del sector salud, que enfrentan presiones financieras prolongadas.

Conclusiones

La extensión de la suspensión fiscal refleja la política de alivio temporal dirigida a sectores críticos, manteniendo al mismo tiempo salvaguardas para el fisco. La fecha límite del 31 de julio de 2026 marca el próximo punto de revisión de esta medida.

Fuente: Economis – Resolución General 5806