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06/01/2026 08:06 • POLITICA • POLITICA
Según la Resolución?1/2026 del Ministerio de Justicia, el Código Procesal Penal Federal (CPPF) comenzará a regir en las siguientes jurisdicciones:
| Jurisdicción | Fecha de entrada en vigor |
|---|---|
| Córdoba (Cámara Federal de Apelaciones) | 15 de junio de 2026 |
| Posadas, Misiones (Cámara Federal de Apelaciones) | 24 de agosto de 2026 |
| La Plata (Cámara Federal de Apelaciones) | 30 de noviembre de 2026 |
El Gobierno explicó que los aplazamientos buscan "fortalecer la previsibilidad del proceso", permitir una mayor coordinación con jueces y fiscales, y culminar obras de infraestructura y programas de capacitación que son imprescindibles para el modelo oral.
El CPPF, aprobado por la Ley?27.063, introdujo un cambio de paradigma: de un sistema inquisitivo?mixto, donde el juez dirigía la investigación, a un sistema acusatorio, en el que la investigación recae exclusivamente en la Fiscalía y el juez actúa como garante de las garantías constitucionales.
En el modelo acusatorio, fiscalía y defensa presentan sus argumentos en audiencias orales y públicas, sin que el juez participe en la recopilación de pruebas. El proceso se divide en tres fases (investigación preliminar, intermedia y de juicio) y, salvo casos excepcionales, no puede superar los 36?meses.
Antes de 2026, el código ya estaba vigente en Salta y Jujuy (desde 2019) y se había extendido a Rosario, Mendoza, General Roca, Comodoro Rivadavia, Mar del Plata, Bahía Blanca, Corrientes y Resistencia, entre otras. La última fecha pendiente es la de la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires y de otras jurisdicciones menores.
Un punto crítico sigue siendo la sede de Comodoro?Py, donde la fecha definitiva fue fijada en el 20 de abril de 2026, tras dos prórrogas.
La adopción del CPPF pretende acelerar la resolución de causas penales federales, mejorar la transparencia y reducir la carga de trabajo de los tribunales. Se esperan beneficios en la persecución de delitos complejos como narcotráfico, corrupción y crimen organizado, al dar a los fiscales mayor autonomía para dirigir la investigación y al limitar la intervención del juez a la garantía del debido proceso.
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