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Justicia determina que banco cubra la mitad del daño por estafa digital a clienta

11/01/2026 12:47 - Economia

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de Buenos Aires anuló un préstamo de $227.000 otorgado sin autorización y ordenó que el banco responda por el 50?% del perjuicio sufrido por una clienta tras una estafa mediante banca electrónica en julio de 2020.

Antecedentes del caso

Una mujer presentó demanda contra su entidad bancaria luego de descubrir que, en plena pandemia, se le había concedido un préstamo personal de $227.000 sin su consentimiento. Inmediatamente después, el dinero del préstamo y $20.000 de su cuenta fueron transferidos a terceros desconocidos.

Desarrollo de la investigación

Según la pericia informática, los accesos no autorizados se produjeron los días 17 y 18 de julio de 2020, cuando se modificó el correo electrónico registrado, se consultó el CBU y se solicitó el préstamo mediante credenciales válidas y un segundo factor de autenticación. No se halló evidencia de fraude interno en los sistemas del banco.

Decisión de la Cámara Comercial porteña

El tribunal, integrado por los camaristas Alfredo Arturo Kölliker Frers y Héctor Osvaldo Chómer, declaró nulo el crédito, confirmó la indemnización por daño moral y repartió la responsabilidad del daño en partes iguales entre la entidad financiera y la clienta, aplicando el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor.

El voto principal sostuvo que la banca electrónica es un servicio profesional y que el banco, como prestador de un sistema con clara superioridad técnica, debe asumir un estándar de responsabilidad más estricto.

Opinión disidente

La jueza María Guadalupe Vásquez emitió una disidencia parcial, coincidió con la descripción de los hechos pero consideró que el banco debía responder en su totalidad, al estar impedido de presentar sus argumentos en tiempo oportuno.

Implicancias

El fallo marca un precedente en la jurisprudencia argentina al reforzar la responsabilidad objetiva de las instituciones financieras frente a fraudes digitales, subrayando la necesidad de medidas de seguridad reforzadas y la adecuada custodia de los datos de acceso por parte de los usuarios.

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