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20/01/2026 17:06 • ACTUALIDAD • ACTUALIDAD
Una madre solicitó al Poder Judicial de Cipolletti permiso para viajar a Chile con su hijo menor durante el verano de 2026, con destino a localidades de las provincias de Talca y Concepción. El artículo 645 del Código Civil y Comercial de la Nación exige el consentimiento expreso de ambos progenitores para viajes internacionales de menores, pero permite excepciones cuando uno de ellos no lo otorga de forma injustificada.
El padre del niño nunca mantuvo vínculo con su hijo y, pese a varios intentos, no se pudo localizar su domicilio. En expedientes previos—uno por alimentos y otro por alimentos de un niño por nacer—se agotaron los medios legales, incluida la publicación de edictos. Ante esta situación, el juzgado designó un defensor de ausentes para representar los intereses del progenitor.
La Defensora de Menores dictaminó a favor del viaje, invocando el principio del interés superior del niño, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 y precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Señaló que el descanso, el juego y la recreación son derechos esenciales de la niñez.
El representante del padre ausente, designado por el Ministerio Público, solicitó el rechazo de la demanda, sin aportar argumentos sustanciales. La jueza consideró que no existían motivos válidos para negar la autorización, dada la situación procesal del progenitor y el dictamen favorable de la Defensora de Menores. La sentencia subrayó la importancia de garantizar al menor el derecho a actividades recreativas en un entorno familiar.
Las autorizaciones pueden tramitarse en el Registro Civil de Río Negro (trámite administrativo de un día y validez de 90 días), en escribanías (permiso amplio con costos a cargo de la familia) o, en localidades sin escribanías, a través de los juzgados de Paz. Cuando no hay acuerdo entre los progenitores, el caso puede resolverse mediante mediación o ante una Unidad Procesal del Fuero de Familia.
Este fallo se suma a casos locales similares, como el del niño Valentín, quien también obtuvo autorización para viajar a Chile por motivos deportivos. La decisión refuerza la doctrina de que las diferencias entre adultos no deben limitar los derechos de esparcimiento de los menores.
Fuente: LM Cipolletti