23/10/2025 12:18 - Otros
La Constitución argentina establece el voto como obligatorio para los ciudadanos mayores de 18 años. Quien no se presente a las urnas será sancionado con una multa y quedará anotado en el Registro de Infractores que cada provincia mantiene.
La legislación vigente indica que la sanción corresponde a tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT). En 2025, una UIT tiene un valor aproximado de 1.600 pesos, por lo que la multa ronda los 5.000 pesos. El cobro se realiza a través de la AFIP y el infractor debe regularizar su situación dentro de los 30 días posteriores a la publicación del listado.
Tras la jornada electoral, las mesas de los colegios emiten un informe con los nombres de los electores que no comparecieron. Esa información se envía a los tribunales electorales provinciales, que la cargan en el Registro de Infractores. Cada provincia administra su propio registro; por ejemplo, en Chubut se creó una base digital para consultar y notificar a los sancionados.
La ley permite eximir la multa si el ciudadano presenta una justificación válida, como:
La justificación debe enviarse a la autoridad electoral provincial dentro de los 30 días posteriores a la elección.
La normativa no impide que un ciudadano que se abstuvo en la última elección pueda participar en la siguiente. No obstante, la multa pendiente de 2023 seguirá vigente hasta que se pague o se justifique, y el contribuyente aparecerá en el registro de infractores.
1. Verificá que tu domicilio esté correctamente actualizado en el padrón electoral.
2. Consultá los horarios de los colegios en tu zona.
3. Si tienes impedimento, tramitalo con antelación para evitar sorpresas.
Alfredo S. Quiroga
Conspiraciones