24/10/2025 22:34 - Otros
La normativa electoral argentina establece una veda nacional que se aplica desde la medianoche del 22 de octubre de 2025 hasta el momento en que los colegios electorales abren sus puertas a las 9:00 a.m. del domingo 26 de octubre. Durante este período quedan prohibidas todas las actividades de propaganda y difusión que puedan influir en el voto.
La veda no afecta a la información institucional sobre la fecha, hora y lugares de votación, ni a la participación de los ciudadanos en el proceso de manera pasiva. Asimismo, están permitidos los actos de carácter no electoral, como eventos culturales o religiosos, siempre que no incluyan referencias a candidatos o partidos.
Los partidos, dirigentes y candidatos que violen la veda pueden ser sancionados con multas que van desde los 5.000 hasta los 150.000 dólares, según la gravedad de la infracción, y, en casos extremos, se pueden anular candidaturas.
Estas elecciones legislativas determinarán la composición de la Cámara de Diputados y el Senado, y son cruciales para la agenda política del próximo año. La veda busca garantizar un proceso de voto libre de presiones de último minuto, fortaleciendo la igualdad entre los contendientes.
Para más información, revisá los artículos de Página 12, La Nación y Clarín.
Alfredo S. Quiroga
Conspiraciones