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25/02/2026 01:09 • Actualidad
La Dirección Nacional de Vialidad, organismo dependiente del Ministerio de Economía, impuso una multa a la empresa Caminos del Río Uruguay S.A. por el incumplimiento en el mantenimiento de la señalización horizontal en la Ruta Nacional N° 14, uno de los corredores viales más importantes del litoral argentino.
La sanción, publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución 184/2026, se origina en el Acta de Constatación N° 69/2025 del 25 de marzo de 2025, donde se verificó la existencia de 164 kilómetros de señalización horizontal deteriorada o faltante en diversos tramos de la ruta.
La señalización horizontal consiste en todas las líneas y símbolos demarcados sobre la calzada, como líneas divisorias de carriles, sendas peatonales, flechas direccionales y marcaciones de estacionamiento. Su correcto mantenimiento es fundamental para la seguridad vial, ya que guía a los conductores y previene accidentes.
La sanción aplicada alcanza las 83.148 unidades de penalización (UP), calculadas según la tarifa vigente al momento de imponerse la sanción. Este cálculo se basa en el régimen de penalidades del contrato de concesión:
Esta sanción se enmarca en un contexto particular: la empresa Caminos del Río Uruguay S.A. se encontraba en concurso preventivo desde marzo de 2023, y la Cámara Comercial resolvió en febrero de 2024 la finalización del contrato de concesión del Corredor Vial N° 18.
El contrato concluyó definitivamente el 9 de abril de 2025, tras una prórroga de 12 meses dispuesta por Vialidad Nacional para garantizar la continuidad del servicio mientras se buscaban nuevos operadores.
Este corredor incluye tramos de la Ruta Nacional 14, una vía estratégica que conecta las provincias de Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires, siendo fundamental para el transporte de mercaderías y el turismo hacia el litoral argentino y los pasos fronterizos con Uruguay.
La concesionaria presentó un descargo cuestionando el acta de constatación, argumentando que 300 metros del tramo entre el Km 117 y el Km 96 no correspondían a su jurisdicción por tratarse de una calzada nueva.
Sin embargo, el supervisor interviniente ratificó el contenido del acta, señalando que la misma fue labrada tras una inspección exhaustiva. Vialidad Nacional determinó que la empresa no acreditó argumentos que demostraran que el incumplimiento no le era imputable.
Según lo informado por el área técnica, se prevé la imputación de un cargo adicional a la multa correspondiente, que será incluido en la Liquidación Final que se realizará oportunamente como parte del cierre definitivo del contrato de concesión.
La resolución fue firmada por Marcelo Jorge Campoy, Administrador General de la Dirección Nacional de Vialidad.
Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, Resolución 184/2026 de la Dirección Nacional de Vialidad, publicada el 24 de febrero de 2026.