24/04/2026 12:08 - Politica
La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sin efecto la medida cautelar que había frenado la aplicación de la Ley de Modernización Laboral, lo que significa que 83 artículos recuperaron su plena vigencia de manera inmediata.
El fallo fue anunciado el 23 de abril de 2026 y confirmado por la senadora Patricia Bullrich y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, desde sus cuentas oficiales. El presidente Javier Milei celebró la decisión en redes sociales con el mensaje: "No podrán detener el crecimiento".
| Aspecto | Nueva regulación |
|---|---|
| Banco de horas | Compensación de horas extra por escrito, permitiendo flexibilidad horaria acordada entre empleador y trabajador. |
| Vacaciones fraccionables | Se pueden tomar en bloques mínimos de 7 días, a diferencia del régimen anterior de 14 días. |
| Indemnización por despido | Limitada a la remuneración mensual (se excluyen SAC y vacaciones), con actualización por IPC más 3% anual. |
| Período de prueba | 6 meses para empresas grandes y 8 meses para PyMEs (empresas de hasta 5 empleados). |
| Multas por trabajo no registrado | Se eliminan las multas de la Ley 24.013 que penalizaban la falta de registro laboral. |
| Fondo de Asistencia Laboral (FAL)Nuevo organismo creado para asistir en casos de insolvencia empresaria. | |
| Registro digital obligatorio | Los empleadores deben registrar trabajadores ante ARCA de forma electrónica. |
| Pago salarial | Obligatoriamente bancario, eliminando el pago en efectivo. |
La reforma establece un sistema de cuotas para el pago de condenas judiciales firmes:
Hasta 6 cuotas
Para cumplir con condenas firmes
Hasta 12 cuotas
Para cumplir con condenas firmes
La Ley de Modernización Laboral es una reforma integral del régimen laboral argentino que busca flexibilizar las relaciones laborales, reducir costos para los empleadores y fomentar la creación de empleo formal. Entre sus objetivos declarados se encuentran:
La reforma había sido suspendida por una medida cautelar dictada anteriormente, lo que generó incertidumbre sobre su aplicación. La Cámara de Apelaciones del Trabajo revocó esa suspensión, permitiendo que la ley entre en vigencia de manera inmediata.
El gobierno celebró el fallo como una victoria para el "crecimiento económico" y la "generación de empleo". Por su parte, las organizaciones gremiales podrían presentar recursos extraordinarios ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Fuentes: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Ministerio de Economía de Argentina, cuentas oficiales de Javier Milei (@Jmilei), Patricia Bullrich (@patobullrich) y Federico Sturzenegger (@fedesturze) en X/Twitter.
Alfredo S. Quiroga
Conspiraciones