02/06/2026 06:16 - Economia
Documento de recibo de sueldo moderno con secciones detalladas mostrando remuneración bruta, deducciones y costo empleador, sobre escritorio de oficina con cálculadora y bolígrafo, iluminación profesional
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial del 1 de junio de 2026 cuatro decretos que reglamentan la Ley de Modernización Laboral, con cambios profundos que afectan a trabajadores, empleadores, sindicatos y convenios colectivos. Las medidas buscan modernizar un marco normativo considerado obsoleto.
Uno de los cambios más visibles es la implementación de un nuevo modelo de recibo de sueldo que deberá detallar de forma transparente el costo laboral total asumido por el empleador.
El objetivo es lograr un "sinceramiento" de la información laboral, eliminando la práctica conocida como "caranchear" conceptos que ocultaban el costo real que finalmente pagaban los empleados.
Los convenios colectivos vencidos deberán ser renegociados. Para acuerdos sin fecha de vencimiento expresa, el 31 de diciembre de 2026 será la referencia para iniciar el proceso.
No podrán superar el 2% del salario mínimo de convenio para trabajadores ni el 0,5% para empleadores. Aportes a cámaras empresarias solo exigibles para afiliados efectivos.
Se reglamenta la figura del sindicato de empresa o grupo de empresas, requiriendo: seis meses de antigüedad, más del 5% de afiliados y un plazo de 45 días para que la Secretaría de Trabajo resuelva.
Quedó reglamentado el Régimen de Promoción del Empleo Registrado, orientado a regularizar trabajadores no registrados. El sistema prevé la condonación de hasta un 100% en deudas para empresas que regularicen su situación.
Las medidas fueron firmadas por:
El FAL es un mecanismo creado por la Ley de Modernización Laboral para contribuir al pago de indemnizaciones a trabajadores registrados del sector privado. La Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA) será la encargada de su recaudación. Los empleadores deberán informar el ID FAL correspondiente y el plazo máximo de pago será de 5 días hábiles.
Fuente: Boletín Oficial, decretos 406/2026, 407/2026, 408/2026 y 409/2026 | El Día
Alfredo S. Quiroga
Conspiraciones