06/08/2026 18:09 - General
En una decisión que marca un antes y un después en el sistema judicial de Perú, el Tribunal Constitucional (TC) anunció el 30 de julio de 2026 la nulidad del proceso penal contra el expresidente Ollanta Humala (mandatario entre 2011 y 2016) y su esposa, Nadine Heredia. Ambos habían sido condenados a 15 años de prisión por el delito de lavado de activos en abril de 2025.
El fallo, que abre las puertas para la inmediata liberación de Humala de la cárcel de Barbadillo, se basa en la vulneración de los principios de legalidad y tipicidad conexos al derecho a la libertad personal. La noticia ha sido recogida por diversos medios internacionales y nacionales, como DW, Infobae y La Prensa.
El TC resolvió declarar fundada la demanda de hábeas corpus con una votación de 5 magistrados a favor y 2 en contra. Los magistrados que dieron la razón al exmandatario fueron Helder Domínguez Haro, Francisco Morales Saravia, Gustavo Gutiérrez Ticse, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez.
El núcleo de la decisión radica en que, cuando ocurrieron los hechos imputados en las campañas electorales de 2006 y 2011, los actos de receptación patrimonial (recibir dinero ilícito) no se encontraban previstos como una modalidad típica del delito de lavado de activos en Perú. Esta tipificación recién se incorporó a la ley penal en 2016. Por lo tanto, aplicar la ley retroactivamente desconocía el principio de legalidad penal.
Este criterio no es nuevo en el tribunal. El mismo razonamiento fue el que hace nueve meses ordenó el archivo de la pesquisa contra la actual presidenta de Perú, Keiko Fujimori, en el conocido 'Caso Cócteles'.
Tanto a Humala como a Fujimori se les acusó de recibir aportes irregulares para sus campañas presidenciales. En el caso de Humala, los aportes cuestionados ascienden a cerca de 3 millones de dólares, provenientes de la constructora brasileña Odebrecht y del gobierno del entonces presidente venezolano Hugo Chávez (1999-2013).
Con la sentencia publicada, la pelota está ahora en la cancha del Poder Judicial. El TC ha ordenado que, una vez notificado el fallo, el órgano judicial correspondiente (la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional) deberá 'definir la situación jurídica' del expresidente de inmediato.
El abogado de Humala, Julio Espinoza Goyena, explicó que la naturaleza del hábeas corpus exige que la libertad se ejecute en el plazo más corto posible. Se tiene previsto que el 5 de agosto de 2026 se reanuden las audiencias donde se evalúa la apelación, por lo que ese día, o incluso antes, Humala podría abandonar la prisión donde lleva detenido 15 meses.
La anulación del proceso también beneficia a la esposa del exmandatario, Nadine Heredia. Sin embargo, su situación es distinta, ya que el día de la sentencia en 2025 no asistió a la corte y se asiló en Brasil junto a su hijo de 15 años. Su abogado, Wilfredo Pedraza, indicó que la nulidad supondrá el archivamiento de su proceso penal, lo que abre una luz de esperanza para su situación legal en el extranjero.
El caso de Ollanta Humala se enmarca en el gigantesco escándalo de corrupción de la constructora Odebrecht, conocido como Lava Jato, que sacudió a toda América Latina. Humala será el primer exmandatario peruano condenado en relación a este caso en ser excarcelado por una decisión del sistema de justicia basada en la interpretación estricta de la ley penal. Este fallo refleja un momento de profunda redefinición en la jurisprudencia peruana sobre delitos financieros y campañas electorales.
Alfredo S. Quiroga