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23/12/2025 14:11 • POLITICA • POLITICA
El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Transporte, firmó la Resolución 2076/2025 el 23/12/2025, que autoriza el traslado de animales domésticos en los servicios de micros y trenes de larga distancia de jurisdicción nacional. La norma, publicada en el Boletín Oficial, responde a la demanda de los usuarios que, a diferencia del transporte aéreo, no contaban con la posibilidad de llevar a sus mascotas.
Solo podrán viajar mascotas de pasajeros mayores de edad. Cada viajero podrá llevar un único animal, siempre dentro de un transportín o contenedor cerrado que garantice la higiene y la seguridad. El transportín deberá colocarse bajo la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o en el asiento adyacente a la ventana, y asegurarse mediante el cinturón de seguridad.
Al abordar, el pasajero deberá exhibir la certificación de vacunación antirrábica vigente y cualquier otra documentación sanitaria exigida por la normativa. La responsabilidad del bienestar, la salud y la conducta del animal recae totalmente en el propietario.
Las empresas de transporte definirán límites concretos de especie, raza, peso y dimensiones del animal, así como horarios o recorridos en que se permitirá el traslado. Asimismo, podrán cobrar una tarifa diferencial
Los perros guía y de asistencia quedan excluidos de estas condiciones y continúan viajando sin cargo.
Las terminales, estaciones y paradas deberán habilitar espacios específicos para la espera y el abordaje de pasajeros con mascotas, señalizados y acondicionados según normas de seguridad e higiene.
Esta medida amplía derechos de los usuarios y fomenta el turismo interno, facilitando que familias y viajeros lleven a sus compañeros de cuatro patas a destinos lejanos. Se espera que la normativa genere un aumento en la demanda de viajes de larga distancia y mejore la percepción del transporte público como opción pet?friendly.