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04/01/2026 10:20 • SOCIALES • SOCIALES
En una audiencia celebrada el 4 de enero de 2026 el juzgado oral de primera instancia de Córdoba resolvió que el proceso penal contra la cantante de rap Pity Álvarez puede proseguir sin interrupciones. El magistrado confirmó la existencia de mérito suficiente para mantener la causa bajo la figura de homicidio doloso, pese a los recursos interpuestos por la defensa.
La causa se origina en el trágico fallecimiento de un fan durante un recital de la artista en la ciudad de Córdoba, ocurrido en 2023. Según la denuncia, el incidente se desencadenó tras una discusión que terminó con una agresión física, culminando en la muerte del joven espectador. Pity Álvarez fue arrestada poco tiempo después y llevada a la cárcel preventiva del penal de Ezeiza, donde permaneció durante varios meses mientras se investigaba el suceso.
El proceso se desarrollará bajo el sistema penal oral argentino, que permite la exposición directa de pruebas y testimonios ante el tribunal. La defensa ha presentado recursos de ampliación de prisión preventiva y de exclusión de la causa, los cuales fueron rechazados por considerarse infundados. La audiencia también incluyó la presentación de peritajes forenses y testimonios de testigos presenciales, que serán analizados en la fase de pruebas.
El caso ha generado un intenso debate en los medios y entre los seguidores del género urbano. Por un lado, organizaciones de derechos humanos han pedido que se garantice un proceso justo y que la presión mediática no comprometa la defensa. Por otro, sectores del público y de la industria musical siguen cuestionando la responsabilidad del artista en la muerte del fan, lo que ha afectado la agenda de conciertos y la imagen pública de Álvarez.
Si el juicio sigue su curso, la pena prevista para homicidio doloso en la legislación argentina puede oscilar entre 15 y 25 años de prisión, además de la posible imposición de medidas de seguridad. La defensa, sin embargo, mantiene la expectativa de lograr una reducción de cargos o la absolución, argumentando que hubo falta de pruebas concluyentes sobre la intencionalidad del acto.
Para seguir de cerca el desarrollo del proceso y conocer más detalles, visita la fuente original: Newsdigitales.