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09/01/2026 17:08 • POLITICA • POLITICA
El 24.449 de la Ley Nacional de Tránsito, modificada el 18 de marzo de 2025, establece que en la conducción convencional el conductor debe mantener ambas manos en el volante, salvo cuando sea necesario accionar otros mandos, como el cambio de marchas. Esta redacción permite sancionar cualquier acción que implique soltar el volante o desviar la atención, incluida la toma de mate.
La provincia de Mendoza, que cuenta con una normativa propia de tránsito vigente desde 2018, tipifica la acción de tomar mate mientras se conduce como una falta gravísima. La sanción corresponde a 1.000 unidades funcionales (UF), equivalentes a 500.000 pesos argentinos al valor actual de la UF. La multa solo puede aplicarse cuando la infracción es constatada presencialmente por un agente de tránsito.
En la provincia de Córdoba la conducta se considera una conducción insegura y se sanciona con 20 unidades fijas, aproximadamente 33.000 pesos. Otras provincias aún no han definido una multa específica, aunque la normativa nacional deja abierta la posibilidad de sancionar la distracción al volante.
Los vehículos modernos incorporan sistemas de asistencia al conductor (ADAS) que alertan sobre distracciones, pero la ley actual no contempla estos sistemas como atenuantes. Las autoridades esperan que futuros decretos regulen la interacción entre la tecnología de asistencia y las sanciones por distracciones como el mate al volante.
Durante la temporada alta de viajes, se recuerda a los conductores que cualquier distracción, ya sea agua, café o comida, puede generar sanciones y, sobre todo, poner en riesgo la seguridad vial. La recomendación es evitar consumir cualquier líquido caliente mientras se conduce y, en caso de necesidad, detenerse en un área segura.