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Nuevo Programa de Cumplimiento Voluntario de la Agencia de Recaudación Aduanera

11/02/2026 07:07 • Economia

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció el 9 de febrero de 2026 la creación del Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario, una iniciativa que busca simplificar trámites, digitalizar la relación con los contribuyentes y fomentar la regularización automática de obligaciones tributarias mediante herramientas como la web 'Nuestra Parte'.

Contexto y objetivo del programa

Con fundamento en el Modelo de Gestión Integral de Cumplimiento Tributario (MGICT) y en la metodología de gestión de riesgo de la OCDE y el CIAT, la ARCA plantea un servicio centrado en el contribuyente que facilite la regularización espontánea de deudas y la presentación de declaraciones juradas.

Principales componentes

1. Servicio web 'Nuestra Parte'

Acceso a información registral, ingresos, participaciones societarias y detección de inconsistencias. El portal muestra la deuda líquida exigible y permite subir documentación en formato pdf.

2. Campañas de inducción

Notificaciones electrónicas al Domicilio Fiscal Electrónico sobre desviaciones detectadas. Si en 30 días no se regulariza, se envía una segunda campaña.

3. Requerimientos electrónicos

La ARCA podrá solicitar información adicional mediante requerimientos que se enviarán con un código de acción de control electrónico. El contribuyente dispone de 15 días hábiles para responder.

4. Fiscalizaciones electrónicas

Proceden cuando se identifican inconsistencias; pueden repetirse si no se subsanan en el plazo concedido. También se notifica por el Domicilio Fiscal Electrónico.

Procedimientos y plazos

Los sujetos deben responder a requerimientos y fiscalizaciones en 15 días hábiles. Es posible solicitar una prórroga única de igual duración antes del vencimiento, a través del mismo portal.

La información enviada se considera declaración jurada y tiene valor probatorio para futuras acciones de verificación.

Impacto en el perfil de riesgo

La falta de respuesta influirá en la categoría asignada en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) y podrá generar otras medidas de control.

Disposiciones finales

Se deroga el Título I de la Resolución General 5.364 y la 5.660, manteniéndose vigentes para hechos ocurridos bajo su normativa. La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338377/20260211

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