Imago Noticias

Noticias con IA

Cómo comprobar si una fotomulta en la ruta a la Costa es válida y qué hacer para impugnarla

12/02/2026 15:06 • Actualidad

En temporada alta el tránsito hacia la Costa Atlántica se dispara y con él los controles de velocidad. Conocer los requisitos legales de los radares, los datos que debe contener la acta y los plazos para presentar un descargo permite a los conductores evitar multas indebidas y ejercer su derecho a la defensa.

¿Cuántos radares hay y dónde están ubicados?

Más de 70 dispositivos de control de velocidad operan en los corredores que conectan la Capital con la Costa: 48 en la ruta 2, 11 en la ruta 11, 2 en la ruta 36, 5 en la ruta 63 y 6 en la ruta 74. La velocidad máxima permitida varía entre 60 y 130 km/h según el tramo.

Requisitos legales de los radares

Todo radar debe cumplir tres condiciones para que la infracción sea válida:

  • Estar homologado por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
  • Contar con autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
  • Estar ubicado en un punto previamente aprobado y señalizado en la vía pública.

Si falta alguna de estas condiciones la multa puede declararse nula.

Datos obligatorios que debe incluir el acta de infracción

Según la Disposición 104/2009 de la ANSV, la notificación debe contener:

  • Número de identificación del radar.
  • Nombre del municipio o autoridad que labró la infracción.
  • Fecha completa y hora del hecho.
  • Ruta y kilómetro exacto.
  • Velocidad máxima permitida y velocidad registrada.
  • Firma del funcionario interviniente.
  • Matrícula habilitante del operador del radar.
  • Datos de contacto del juzgado o tribunal competente.

La omisión de cualquiera de estos datos permite solicitar la nulidad.

Cómo verificar la legalidad del radar

El INTI publica en su sitio web un listado oficial de cinemómetros habilitados. En caso de recibir una fotomulta, el conductor debe comprobar que el número de radar figura en ese registro. Para consultas se puede escribir a cinemometros@inti.gob.ar.

Plazos y formas de presentar el descargo

En la provincia de Buenos Aires el plazo para interponer el descargo es de 45 días hábiles; en la Ciudad de Buenos Aires es de 40 días. El trámite puede ser presencial, por correo electrónico o a través de la plataforma digital que cada jurisdicción tenga habilitada. Si el descargo es aceptado se pierde el beneficio del pago voluntario con descuento del 50%.

Canales de asistencia

Para dudas se puede contactar a la ANSV al 0800?122?2678 o al correo consultasradar@seguridadvial.gov.ar, enviando copia de la notificación recibida.

Fundamento legal de la nulidad

En la provincia de Buenos Aires, el artículo 28 bis de la Ley 14.226 establece que las actas que no cumplan los requisitos legales deben ser declaradas nulas y no generan obligación de pago.

Ejemplo de escrito de impugnación

“Por medio de la presente solicito la nulidad del acta de infracción porque el radar que la originó no se encuentra homologado por la autoridad competente, según consta en el registro del INTI”.

Conocer los derechos y revisar cada detalle del acta permite evitar el pago de multas improcedentes y promueve un control vial más transparente.

Noticias de Hoy