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Reforma Laboral de Milei redefine derechos y obligaciones de repartidores de apps en Argentina

13/02/2026 11:06 • Economia

El Senado aprobó con media sanción la reforma laboral que redefine la figura del prestador independiente en plataformas de reparto y movilidad. Rappi, Uber, Pedidos Ya y otras apps verán cambios en horarios, seguros, capacitación y derechos de los trabajadores, mientras sindicatos denuncian una potencial pérdida de garantías.

El 13 de febrero de 2026 el Senado argentino dio su visto bueno a la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei, aprobada con media sanción. El texto, incluido en el Título XII (artículos 114 a 123), establece que los trabajadores que prestan servicios a través de plataformas digitales como Rappi, Uber, Cabify y Pedidos Ya son "prestadores independientes" y, por tanto, no están bajo la Ley de Contrato de Trabajo. La normativa define al prestador independiente como una persona humana que conviene la prestación del servicio mediante la app de forma autónoma, mientras que la plataforma es la "plataforma tecnológica" que administra el código y conecta usuarios y prestadores. Entre los derechos y obligaciones introducidos destacan: la libertad de conectarse y desconectarse sin horario mínimo, la posibilidad de aceptar o rechazar pedidos sin justificación, la opción de elegir el medio de transporte (bicicleta, motocicleta, auto, a pie), el acceso a información clara sobre los criterios de asignación de pedidos, la explicación de suspensiones y la posibilidad de réplica, la capacitación gratuita en uso de la app y seguridad vial, y la obligación de la plataforma de ofrecer un seguro de accidentes con cobertura mínima acordada libremente. Los repartidores deben inscribirse fiscalmente, pagar sus aportes para acceder a la jubilación y la salud, y disponer de una cuenta bancaria o billetera virtual para recibir pagos. La ley también garantiza la portabilidad de datos en formato estructurado y la retención del 100?% de las propinas. En caso de ausencia de regulación específica, se aplicará supletoriamente el Código Civil y Comercial. La reforma mantiene la exclusión de la Ley de Contrato de Trabajo, pero genera controversia: el Sindicato de Repartidores de Apps (SiTraRepa) acusó que la norma "legaliza la esclavitud moderna" y advierte la pérdida de herramientas para litigios, como bloqueos de cuenta y reclamaciones por accidentes, que hoy pueden resolverse bajo la legislación laboral vigente. Además, la medida se inserta en un contexto de normativa provincial fragmentada. Buenos Aires, bajo Axel Kicillof, impulsó un registro obligatorio de repartidores y normas de descanso; Santa Fe introdujo monitoreo policial y botón antipánico; Mendoza incentivó vehículos eléctricos y reconoció a las plataformas como servicios de interés general; Córdoba exigió registro digital y límite de antigüedad de los vehículos. La jurisprudencia también ha evolucionado: el fallo González Esteves, Carlos José c/ Kadabra S.A. (9?abril?2024) reconoció una relación de dependencia basada en el control algorítmico, y otros fallos (Vázquez Petrell, Rojas contra Rappi, Landi contra Rappi) reforzaron la visión de subordinación técnica. Según la Fundación Encuentro, en diciembre de 2025 un repartidor debía completar en promedio 454 pedidos para cubrir la canasta básica de una familia de cuatro personas, evidenciando la precariedad del sector. La reforma será debatida en la Cámara de Diputados y su puesta en marcha está prevista para todo el territorio nacional. Fuente: https://www.iproup.com/economia-digital/64799-reforma-laboral-cambios-repartidores-rappi-pedidosya; https://www.infobae.com/economia/2026/02/13/que-cambiara-para-los-repartidores-de-rappi-uber-y-otras-plataformas-segun-la-reforma-laboral-que-obtuvo-media-sancion/; https://www.pagina12.com.ar/2026/02/11/fin-del-mito-los-trabajadores-de-apps-desmienten-que-la-reforma-laboral-los-beneficie/
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