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Reforma laboral: cambios clave en vacaciones, despidos y banco de horas que impactarán a los trabajadores

19/02/2026 23:04 • Politica

La Cámara de Diputados debate la reforma laboral que ya obtuvo media sanción en el Senado. El proyecto modifica aspectos centrales como el régimen de vacaciones, indemnizaciones y jornada laboral. Sindicalistas y legisladores de la oposición expresan sus reservas mientras el Gobierno impulsa los cambios.

¿Qué establece la reforma laboral en Argentina?

La Cámara de Diputados se encuentra debatiendo la reforma laboral que ya obtuvo media sanción en el Senado y que podría modificar aspectos fundamentales de la relación laboral en Argentina. El proyecto incluye cambios significativos en vacaciones, indemnizaciones por despido, banco de horas y la creación de un Fondo de Asistencia Laboral. Según informa Infobae, el texto podría ser modificado en Diputados y, de ocurrir eso, deberá volver al Senado para su sanción definitiva, tal como establece la Constitución cuando la Cámara revisora introduce cambios.

Cambios en el régimen de vacaciones

Uno de los puntos más destacados del proyecto es la modificación del sistema de vacaciones. Según la propuesta original, las vacaciones deberán concederse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente. Sin embargo, empleadores y empleados podrán, de común acuerdo, fijar la fecha de inicio fuera de ese período. La notificación escrita al trabajador deberá realizarse con al menos 30 días de antelación, salvo que un convenio colectivo disponga otro plazo. Entre las novedades, el texto habilita el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que cada tramo no sea menor a siete días corridos. Además, si las vacaciones se organizan de forma no simultánea en diferentes sectores de una empresa, el empleador debe garantizar que cada empleado disfrute de su licencia en temporada de verano al menos una vez cada tres años.

Indemnizaciones por despido: ¿qué cambia?

El proyecto mantiene el criterio de un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos doce meses. A diferencia de la normativa vigente, se excluyen del cálculo conceptos no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y premios extraordinarios. El monto máximo de la indemnización no podrá superar tres veces el salario promedio previsto en el convenio colectivo correspondiente y no podrá ser menor al 67% de la remuneración mensual habitual, ni inferior a un mes de sueldo. El texto también contempla el pago en cuotas de las indemnizaciones fijadas por sentencia judicial:
  • Hasta 6 cuotas mensuales para grandes empresas
  • Hasta 12 cuotas mensuales para micro, pequeñas y medianas empresas
Las cuotas serían ajustadas por inflación más un 3% de interés anual.

¿Qué es el banco de horas?

El banco de horas es un mecanismo que permite compensar horas extraordinarias trabajadas mediante descansos compensatorios en lugar de pagarlas como horas extra. La propuesta permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito esta compensación, siempre bajo registro y con límites precisos. El acuerdo puede prever el uso de horas extra, banco de horas o francos compensatorios, y debe respetar los descansos mínimos legales, garantizando la protección de la salud del trabajador. El sistema habilita a compensar jornadas más extensas en algunos días con otras más breves, siempre que no se exceda el máximo semanal legal.

Licencias por enfermedad: el artículo que fue retirado

El Gobierno retiró del texto final el artículo 44 que modificaba el régimen de licencias por enfermedades inculpables, por lo que continúa vigente el esquema de la Ley de Contrato de Trabajo. El proyecto original establecía que si el evento tenía origen en una conducta voluntaria y riesgosa, la persona empleada accedería al 50% del salario básico durante tres meses, o seis con personas a cargo. Cuando no se verifica ese tipo de conducta, el pago sería del 75% en los mismos plazos. Este capítulo finalmente quedó excluido del dictamen.

Fondo de Asistencia Laboral (FAL): ¿cómo funcionaría?

El Fondo de Asistencia Laboral (FAL) está diseñado como un mecanismo para afrontar las indemnizaciones de trabajadores registrados con al menos un año de antigüedad. Los empleadores deben efectuar aportes mensuales a cuentas administradas por entidades habilitadas, destinadas exclusivamente a cubrir obligaciones laborales ante despidos. Si los fondos resultan insuficientes, la empresa debe completar el pago. Los recursos del FAL son inembargables y gozan de exención impositiva. Cabe destacar que el régimen del FAL no reemplaza el sistema indemnizatorio general ni cubre empleo no registrado.

Críticas desde la oposición y los sindicatos

El columnista Osvaldo Nemirovsci, en La Política Online, advirtió que la reforma podría violar estándares internacionales del derecho económico, social y laboral, ya que rige para estos el principio de progresividad.
"No puede el Estado hacer retroceder mediante sus regulaciones los derechos establecidos en lo laboral y el resguardo ya obtenido", señala Nemirovsci.
Legisladores de la oposición y sectores sindicales expresan dudas sobre su aplicación práctica y los alcances de su cobertura. Durante la jornada del 19 de febrero de 2026, se registraron incidentes en la marcha contra la reforma laboral, con al menos 16 detenidos por enfrentamientos con la policía.

Próximos pasos legislativos

El futuro de la reforma laboral dependerá del texto definitivo que sancione la Cámara de Diputados y, en caso de introducirse cambios, del nuevo tratamiento que deberá realizar el Senado antes de su promulgación. La votación estaba prevista para la madrugada del 19 al 20 de febrero de 2026, según lo informado por las fuentes consultadas.
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