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Justicia rechaza medida cautelar de la CGT contra la reforma laboral

11/03/2026 20:04 - Politica

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7 desestimó el pedido de la central obrera para suspender los artículos 90 y 91 de la Ley de Modernización Laboral, que transfieren la justicia laboral nacional a la Ciudad de Buenos Aires. La resolución representa el primer revés judicial para el sindicalismo en su estrategia contra la norma.

Primer revés judicial a la estrategia de la CGT

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7, a cargo del juez Enrique Lavie Pico, rechazó la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. La decisión mantiene vigentes los artículos 90 y 91 de la Ley de Modernización Laboral mientras continúa el trámite de la causa.

¿Qué buscaba la CGT?

La central sindical había solicitado una medida cautelar innovativa para suspender de forma inmediata el traspaso de la justicia laboral nacional a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires hasta que se resolviera el fondo del asunto. El argumento principal era que este traspaso implicaría prácticamente la eliminación de la Justicia Nacional del Trabajo y podría causar un colapso en el sistema judicial.

El magistrado consideró que no existe peligro en la demora, requisito fundamental para dictar una medida cautelar. En su resolución, sostuvo que dictar la medida solicitada alteraría el estado jurídico vigente e implicaría adelantar el resultado del litigio, algo que no corresponde en esta etapa procesal.

El juez Lavie Pico y sus antecedentes

Cabe destacar que el mismo juez ya había rechazado dos amparos contra el DNU 70/23, lo que genera expectativas sobre cómo se resolverá el fondo de la cuestión constitucional. La reforma laboral fue sancionada durante las sesiones extraordinarias del Congreso y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026.

Artículos 90 y 91: ¿Qué establecen?
  • Artículo 90: Traspaso de competencias en materia laboral del fuero nacional al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Artículo 91: Disposiciones complementarias para la transferencia de causas, personal y recursos.
Argumentos de la CGT
  • El traspaso provocaría un colapso en el sistema judicial.
  • Afectaría a miles de causas en trámite.
  • Pondría en riesgo a empleados judiciales.
  • Podría ser irreversible si se declara inconstitucional después de implementado.

Nuevas acciones judiciales en camino

A pesar de este primer revés, la CGT analiza nuevas presentaciones judiciales y otras acciones políticas para intentar frenar o modificar puntos centrales de la ley. La estrategia sindical incluye tres ejes:

Eje de la estrategiaEstadoResultado
ParlamentariaDerrotada en Congreso?
CallejeraParos y movilizaciones?
JudicialAmparo presentado 6/03/2026Primer revés

Sindicatos de Neuquén también impugnan

En paralelo, ATE y CTA-T de Neuquén presentaron su propia acción de amparo contra la reforma laboral. Encabezados por Carlos Quintriqueo, los sindicatos señalaron que la ley "reproduce en gran medida el Título IV del DNU 70/2023", que ya fue declarado inconstitucional. Entre los puntos cuestionados:

  • Violación del principio de progresividad y no regresividad de derechos laborales
  • Afectación de la libertad sindical y derecho a huelga
  • Fraude laboral en plataformas digitales
  • Ataque a la negociación colectiva
  • Reducción de indemnizaciones y pago en cuotas
  • Derogación de estatutos protectores

Puntos clave de la Reforma Laboral

Principales cambios normativos

Jornada laboral: Se habilita la extensión hasta 12 horas diarias con acuerdo escrito entre empleador y trabajador. Se crea un banco de horas para compensar horas extra con días de descanso.

Salario dinámico: Los convenios colectivos podrán vincular la remuneración con el desempeño individual del trabajador.

Pago de sentencias: Las grandes empresas podrán pagar condenas firmes en hasta 6 cuotas mensuales, mientras que las MiPyMEs tendrán hasta 12 cuotas.

Fondo de Asistencia Laboral: Se crea un fondo para desvinculaciones, financiado con aportes patronales del 1% (grandes empresas) y 2,5% (MiPyMEs).

Aportes sindicales: Aportes a cámaras empresarias serán voluntarios desde enero 2028. Los aportes sindicales no podrán superar el 2% del salario.

Servicios esenciales: Durante huelgas se garantizará el 75% del personal. En servicios "trascendentales" (transporte, comunicación, etc.), el mínimo será del 50%.

Próximos pasos: La causa continuará su trámite hasta una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de los artículos cuestionados. Mientras tanto, la normativa seguirá vigente.
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