18/06/2026 12:04 - Politica
Edificio institucional moderno con logo de la Asociación del Fútbol Argentino, ubicado en una zona residencial de Pilar, con elementos visuales que representan un cambio de jurisdicción legal.
La Cámara Nacional en lo Civil dictó un fallo definitivo que convalidó el traslado de la sede de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) hacia el municipio de Pilar, en la Provincia de Buenos Aires. Esta decisión tiene profundas implicancias institucionales, ya que la entidad que preside Claudio "Chiqui" Tapia quedará fuera del alcance de la Inspección General de Justicia (IGJ), organismo que depende del Ministerio de Justicia de la Nación.
El tribunal también declaró nula la Resolución Particular 140/26, emitida el 18 de febrero de 2026 por el Inspector General de Justicia, que había ordenado la designación de veedores para fiscalizar a la entidad futbolística. La AFA había rechazado esa medida argumentando que era "ilegítima" y que respondía a una "finalidad política ajena a la ley".
El traslado de la sede social desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hacia Pilar implica un cambio de jurisdicción. Mientras la AFA permaneciera en CABA, estaba bajo la órbita de control de la IGJ, organismo nacional con amplias facultades de fiscalización sobre personas jurídicas.
Al mudar su domicilio a territorio bonaerense, la AFA pasa a ser controlada por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, que depende del gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Esta instancia tiene similares facultades de control pero opera bajo una órbita jurisdiccional diferente.
La IGJ había solicitado la designación de veedores argumentando "graves irregularidades" en los procesos administrativos de la AFA. La entidad futbolística impugnó esta decisión judicialmente, sosteniendo que el organismo nacional carecía de competencia para intervenir.
La Cámara Civil respaldó este argumento al determinar que la IGJ "se erigió por encima de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas" y que carecía de facultades revisoras sobre las decisiones del organismo provincial.
La sentencia estableció que "quedó definitivamente consolidado" bajo la Dirección de Personas Jurídicas bonaerense el control de legalidad y las facultades de fiscalización sobre la AFA.
El tribunal fundamentó su decisión señalando que "si un organismo público provincial emite un acto administrativo, en tanto no resulte impugnado, goza de la misma validez que los actos de los organismos nacionales o federales en su órbita de competencia".
Además, destacó que la IGJ "carece de facultades revisoras respecto de las decisiones del Departamento de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires" y que el domicilio social que motiva el cambio de jurisdicción "goza de plena eficacia con sus consecuencias jurídicas".
| Aspecto | Antes (IGJ) | Ahora (Personas Jurídicas PBA) |
|---|---|---|
| Jurisdicción | Nacional (CABA) | Provincial (Buenos Aires) |
| Dependencia | Ministerio de Justicia (Nación) | Gobierno de la Provincia de Buenos Aires |
| Veedores designados | Sí (anulados) | No aplicable |
| Sede de la AFA | Buenos Aires | Pilar |
La AFA había aprobado el cambio de sede social a Pilar mediante una asamblea realizada en 2024. Esta decisión fue cuestionada por la IGJ, que impugnó el traslado argumentando irregularidades en los procedimientos administrativos de la entidad.
La resolución 140/26 del 18 de febrero de 2026 había ordenado la designación de veedores para fiscalizar las operaciones de la máxima entidad del fútbol argentino. La AFA respondió con una acción judicial que ahora fue favorablemente resuelta.
El fallo representa un triunfo para la conducción de Claudio "Chiqui" Tapia, quien enfrenta un escenario político complejo tanto con el gobierno nacional como con distintos sectores del fútbol argentino. El traslado de jurisdicción podría implicar un marco de control más flexible para la institución.
Fuente: TN - 18 de junio de 2026
Alfredo S. Quiroga