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08/01/2026 12:17 • ECONOMIA • ECONOMIA
La Resolución General 5809/2026, publicada en el Boletín Oficial el 8 de enero de 2026, establece que la gestión del domicilio fiscal será totalmente digital. Se elimina la necesidad de presentarse en oficinas o enviar cartas postales.
Los contribuyentes deben ingresar al sitio web de ARCA con Clave Fiscal nivel 3 o superior, seleccionar "Sistema Registral", entrar al "Registro Único Tributario", elegir la tarjeta "Domicilios" y pulsar "Modificar". Luego se completa el formulario electrónico 420/D. Si la dirección ya está verificada, el sistema la confirma y emite una constancia electrónica. En caso contrario, se deben cargar los datos y adjuntar un comprobante digital, como factura de servicio público.
ARCA dispone de 7?días hábiles para aceptar o rechazar la solicitud. Si hay observaciones, el contribuyente tiene 30?días corridos para subsanarlas; de lo contrario, el domicilio quedará registrado como "Inexistente?Desconocido".
La Ley 27?779 de Inocencia Fiscal obliga a comunicar el cambio en un plazo de 10?días hábiles. El incumplimiento puede derivar en multas que van desde 150?000 hasta 35?000?000 de pesos. Antes de la reforma, el rango era de 150 a 45?000 pesos. El tope de 35?millones busca reforzar la obligación, aunque expertos advierten que puede resultar desproporcionado para pequeñas y medianas empresas.
Los contribuyentes con calificación alta en el Sistema de Perfil de Riesgo o con restricciones en su CUIT deberán usar el módulo "Presentaciones Digitales" y presentar documentación adicional.
El tributarista Sebastián Domínguez señaló que la digitalización simplifica el proceso, pero coloca mayor responsabilidad en la exactitud de la información. También indicó que la ausencia de un esquema graduado de sanciones podría generar cuestionamientos judiciales.
ARCA busca reducir costos administrativos, acelerar la operatoria y mejorar los controles mediante la tecnología, favoreciendo el cumplimiento voluntario de los contribuyentes.