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La Justicia ordenó al Gobierno aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

31/03/2026 14:12 - Actualidad

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar que obliga al Poder Ejecutivo a cumplir con la actualización salarial docente y las becas estudiantiles. El tribunal consideró que el decreto que suspendía la norma tenía "rasgos de arbitrariedad" y que el impacto fiscal era mínimo.

Un fallo histórico para las universidades públicas

La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ratificó este 31 de marzo de 2026 la medida cautelar que obliga al Poder Ejecutivo a aplicar de manera inmediata la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario. El tribunal, integrado por los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán, rechazó la apelación del Gobierno y confirmó lo resuelto en primera instancia por el juez Enrique Cormick en diciembre de 2025.

La decisión judicial ordena cumplir con los artículos 5 y 6 de la norma, que establecen la actualización de los salarios de docentes y no docentes de las universidades nacionales, así como la recomposición de todos los programas de becas estudiantiles. El período comprendido va desde el 1 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley en septiembre de 2025.

¿Qué dice el fallo?

Los jueces sostuvieron que el Congreso agotó el procedimiento legislativo previsto en la Constitución y que la insistencia legislativa bajo el artículo 83 de la Carta Magna no admite "variantes suspensivas" para su aplicación.

El tribunal calificó de "poco serios" los argumentos del Estado, que sostenía que la medida cautelar constituiría una "sentencia definitiva encubierta". Además, desestimó los cuestionamientos sobre la presunta falta de imparcialidad de los magistrados por su condición de docentes.

El conflicto de fondo

La Ley 27.795 fue sancionada por el Congreso y ratificada con dos tercios luego del veto presidencial. Sin embargo, el Ejecutivo dictó el Decreto 759/2025, que condicionaba su aplicación a la asignación de financiamiento específico.

El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y más de 40 universidades públicas promovieron un amparo para declarar la inconstitucionalidad de esa limitación.

Lo que ordena la Ley de Financiamiento Universitario

  • Artículo 5: Actualización salarial de docentes y no docentes universitarios desde diciembre de 2023.
  • Artículo 6: Recomposición de todos los programas de becas estudiantiles.
  • Impacto fiscal estimado: 0,23% del PBI, según el tribunal.
  • Marco legal: Ley 24.629 (presupuesto) vs. Ley 27.795 (financiamiento universitario).

Reacciones clave

Emiliano Yacobitti, vicerrector de la UBA, celebró el fallo y advirtió: "El PEN debe cumplir con la ley vigente desde octubre del año pasado. No cumplir la orden judicial constituye un caso de gravedad institucional sin precedentes".

Franco Bartolacci, presidente del CIN, expresó: "Una excelente noticia para toda la comunidad universitaria del país que valoramos en un contexto extremadamente delicado".

Yacobitti también señaló que "la situación de quienes enseñan y trabajan en las universidades públicas no da para más. La gran mayoría está por debajo de la canasta básica".

El contexto del conflicto

El conflicto escaló entre 2024 y 2025 con masivas movilizaciones estudiantiles y gremiales. La Marcha Federal de octubre de 2024 y la protesta del 17 de septiembre de 2025 bajo el lema "Si hay veto, hay marcha" congregaron a cientos de miles de personas.

Actualmente, los gremios docentes y no docentes anunciaron un paro nacional universitario desde el 30 de marzo al 1 de abril de 2026, con reclamos de recomposición salarial del 32% y apertura de paritarias.

¿Qué viene ahora?

El tribunal aclaró que la resolución no implica un anticipo de la sentencia definitiva, sino que se limita a ordenar el cumplimiento de aspectos puntuales mientras se resuelve la cuestión de fondo.

El Gobierno podría elevar un recurso ante la Corte Suprema, aunque el máximo tribunal sostiene que las medidas cautelares no son materia de su competencia por no constituir sentencias definitivas.

Fuentes: Infobae | Ámbito | Perfil

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La columna de Alfredo Alfredo S. Quiroga

Alfredo S. Quiroga