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02/02/2026 22:04 • ACTUALIDAD • ACTUALIDAD
Con la Disposición?224/2026, publicada el 2 de febrero de 2026 en el Boletín Oficial, la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) reemplaza la antigua Disposición?806/2007. El objetivo es adecuar la normativa a lo dispuesto por el Decreto?273/2025, que busca mayor libertad de mercado y competitividad en el sector salud.
Se habilitan tres vías para traer equipamiento médico usado:
Quedan excluidos los productos de uso único o aquellos cuya importación está prohibida por normas previas (por ejemplo, algunos dispositivos de diagnóstico de alta complejidad).
La medida amplía los sujetos autorizados:
Los equipos médicos se clasifican por riesgo (clases?I?IV). Para clases?I y?II (bajo riesgo, como ecógrafos), la ANMAT ya no requiere autorización previa; basta presentar un "Aviso de Importación" en la plataforma Trámites a Distancia dentro de las 48?horas posteriores a la nacionalización.
Para clases?III y?IV (alto riesgo, como tomógrafos o resonadores), sigue siendo obligatoria la autorización previa y la presentación de certificados de buen funcionamiento o de reacondicionamiento, emitidos por entidades reconocidas internacionalmente o por la propia ANMAT.
La normativa entrará en vigor a los 45?días de su publicación oficial, lo que permitirá a los hospitales planificar la compra de equipos usados con mayor antelación.
La medida ha generado debate. Parlamentarios como Miguel?Pichetto y Nicolás?Kreplak expresaron su escepticismo, advirtiendo sobre posibles riesgos de calidad y sobre la competencia desleal a la industria local. El Ministerio de Salud defendió la iniciativa, subrayando que?se trata de una “desburocratización” que reducirá costos y mejorará la atención en regiones fuera del AMBA.
Para más información, consulte la publicación oficial de la ANMAT (fuente 1) y el artículo de Página?12 (fuente 2).