26/06/2026 09:25 - Actualidad
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el 25 de junio de 2026 desestimar el recurso extraordinario presentado por el Gobierno nacional y dejó firme la medida cautelar que obliga al Estado a cumplir con dos artículos clave de la Ley de Financiamiento Universitario, sancionada por el Congreso en octubre de 2025.
La decisión, adoptada por unanimidad por los tres jueces del máximo tribunal, representa un duro revés para la administración de Javier Milei, que había intentado suspender la aplicación de la norma argumentando la necesidad de que el Congreso precisara las fuentes de financiamiento.
El Gobierno nacional había acordado a principios de junio de 2026 con los gremios universitarios un aumento del 24,3% distribuido en dos cuotas: 21,3% en junio y 3% en octubre. Sin embargo, para cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, el incremento debería alcanzar el 56% sobre los salarios de mayo de 2026.
| Concepto | Según acuerdo gubernamental | Según la Ley |
|---|---|---|
| Aumento en junio 2026 | 21,3% | 56% |
| Diferencia adicional | - | 29% extra |
| Salario bruto docente auxiliar (ejemplo) | $409.000 | $525.000 |
El ejemplo utilizado refiere a un docente auxiliar de primera con dedicación simple (9 horas semanales) y 10 años de antigüedad, cuyo salario bruto pasaría de $337.000 a $409.000 según el acuerdo oficialista, pero debería alcanzar los $525.000 según la actualización por inflación que dispone la ley.
La Ley de Financiamiento establece que las becas deben actualizarse según la inflación acumulada entre diciembre de 2023 y octubre de 2025, lo que representa un incremento del 241% en ese período.
| Beca Progresar | Monto | Variación |
|---|---|---|
| Valor en noviembre 2023 | $20.000 | - |
| Valor según Gobierno (septiembre 2024) | $35.000 | +75% |
| Valor según Ley (octubre 2025) | $68.200 | +95% vs. monto actual |
| Valor actualizado por inflación | $84.000 | +140% vs. monto actual |
Las Becas Progresar benefician a estudiantes universitarios y de carreras de enfermería, entre otros. El monto que paga actualmente el Gobierno ($35.000) representa apenas el 42% del valor que correspondería según la inflación acumulada ($84.000).
Agosto 2025: El Senado sanciona la Ley de Financiamiento Universitario con media sanción de Diputados.
Septiembre 2025: El presidente Milei veta la ley.
Octubre 2025: El Congreso rechaza el veto con los votos necesarios. El Ejecutivo dicta un decreto de promulgación que suspende la ejecución hasta que se indiquen las fuentes de financiamiento.
Respuesta judicial: El Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) demanda en el fuero Contencioso Administrativo Federal y solicita una medida cautelar.
Primera instancia y Cámara: La justicia concede la cautelar y la Cámara la confirma.
25 de junio de 2026: La Corte Suprema valida la medida cautelar y desestima el recurso del Gobierno.
Una medida cautelar es una resolución judicial provisional que se adopta mientras se resuelve el fondo de una causa. En este caso, la Corte Suprema decidió mantener vigente la obligación del Estado de cumplir con los artículos 5º y 6º de la ley hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad del decreto de promulgación.
El fallo de la Corte Suprema representa un respaldo judicial a la educación pública universitaria. Ahora el Gobierno deberá adecuar los salarios docentes y las becas estudiantiles según lo establecido por la ley, lo que implica incrementos significativos respecto de los valores actuales. La decisión marca un nuevo capítulo en la tensión entre el Poder Ejecutivo y el Congreso por el financiamiento universitario.
Fuentes: Chequeado | Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Alfredo S. Quiroga