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16/01/2026 10:10 • ECONOMIA • ECONOMIA
La medida antidumping sobre "Rodamientos de bolas radiales, de una (1) hilera de diámetro exterior entre 30?mm y 120?mm, excluidos los tipificados como RST" originarios de la República Popular China (NCM 8482.10.10) fue establecida inicialmente en la Resolución 455/2022 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo. Dicha medida se mantuvo vigente mediante sucesivos exámenes desde 2002.
El 4 de noviembre de 2025 la Secretaría de Industria y Comercio informó a la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) sobre el cierre de la planta de SKF Argentina S.A. en Tortuguitas, decisión anunciada por la propia empresa como parte de una estrategia global de consolidación productiva. SKF era la única productora nacional de los rodamientos cubiertos por la medida antidumping.
La CNCE señaló que la extinción de la producción nacional elimina la base que justificó la medida protectora, generando un costo injustificado para consumidores e importadores. Por ello consideró que existen suficientes evidencias para iniciar de oficio un examen por cambio de circunstancias.
Con la Resolución 30/2026, fechada el 14/01/2026, el Ministro de Economía declaró:
Mientras perdure la suspensión, los importadores podrán adquirir rodamientos chinos sin el recargo antidumping, lo que podría traducirse en precios más competitivos pero también en mayor exposición a competencia externa. La industria automotriz y de maquinaria, grandes consumidores de estos productos, estarán atentas al desenlace del examen.
La CNCE llevará a cabo el examen con participación de actores del sector, gobiernos locales y la propia SKF. Los resultados determinarán si la medida se mantiene, modifica o elimina definitivamente.