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Justicia suspendió 82 artículos de la reforma laboral tras reclamo de la CGT

30/03/2026 22:05 - Politica

El juez Raúl Ojeda hizo lugar a una medida cautelar presentada por la CGT y frenó la aplicación de los artículos cuestionados de la Ley 27.802, alegando indicios de inconstitucionalidad. El Gobierno anunció que apelará la decisión.

La reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei sufrió un duro golpe judicial. El juez Raúl Ojeda, a cargo del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, resolvió suspender la aplicación de 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (27.802) tras aceptar una medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT).

El fallo judicial

El magistrado determinó que existen indicios “serios y graves” de que la norma vulneraría principios constitucionales como la libertad sindical y la irrenunciabilidad de los derechos laborales. Por ello, dispuso la suspensión provisoria de los artículos cuestionados mientras se tramita el proceso principal.

El juez argumentó que dictar la medida cautelar no requiere certeza absoluta, sino que basta con verificar una apariencia razonable que justifique la tutela preventiva. Además, consideró que existe “peligro en la demora”, ya que la implementación de la reforma podría generar consecuencias de difícil reversión sobre contratos y relaciones laborales.

Puntos suspendidos

  • Restricciones al derecho de huelga.
  • Modificaciones en la negociación colectiva.
  • Cambios en el período de prueba.
  • Alteraciones en el cálculo de indemnizaciones por despido.
  • Derogación de la ley de teletrabajo.
  • Limitaciones a la responsabilidad empresarial por tercerización.

Reacción de la CGT

La central obrera celebró la decisión judicial a través de un comunicado firmado por sus referentes Jorge Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo. En el texto, sostuvieron que la ley implica una “reducción del ámbito de protección laboral, una degradación de las condiciones de trabajo y un debilitamiento de la acción sindical”.

La CGT había iniciado una acción declarativa contra el Estado nacional, argumentando que la reforma introduce cambios que afectarían derechos laborales y sindicales protegidos por la Constitución y tratados internacionales.

¿Qué sigue ahora?

La medida tiene carácter provisorio y no resuelve el conflicto de fondo. El Gobierno anunció que apelará la decisión, por lo que el debate continuará en tribunales superiores. La discusión sobre la constitucionalidad de los artículos suspendidos se resolverá en una etapa posterior del expediente.

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La columna de Alfredo Alfredo S. Quiroga

Alfredo S. Quiroga